granadalinks

Granada

miércoles, 4 de abril de 2012

Por la consevación artistica de la ciudad de Granada.

Articulado publicado en el periodico LA VANGUARDIA con fecha de 13 de febrero de 1925 en el cual este periodico recoge la inmensa labor que desarrolla Seco de Lucena por la conservacion de su querida tierra granadina.

El amor que merecen nuestros monumentos no ha inspirado en todos los casos la solícita atención y el respeto que su conservación requiere.Se han dejado caer piedras imnúmeras que el Arte labró,o se ha tratado de remozarlas con tal ausencia de sentido,que algunas veces más valiera la ruina que la restauración.La ignorancia o el abandono han hecho que ciudades que tienen todo el carácter de un verdadero y riquísimo Museo,se desnaturalicen en la unidad de su carácter.Una de las ciudades que mas desmanes ha padecido es Granada.Pero de Granada misma sale ahora una voz,muy autorizada,
apta para establecer las normas que la dignidad histórica y artística de tales lugares debe imponer a toda suerte de reformas urbanas.
Aludimos a la iniciativa de don Luis Seco de Lucena,antiguo periodista,que viene desarrollando como delegado regio de Bellas Artes en la ciudad de la Alhambra una labor meritória y eficasísima.
Conocedor de las medidas tomadas en los paises europeos de tradición estética para que la humanidad sensible pueda continuar gozando de cuantas emociones puras brinda una Venecia,un Brujas o un Nuremberg,el señor Seco de Lucena ha redactado un proyecto de Reglamento para la conservación artística de Granada,que está ya sometido a estudio del alcalde de dicha ciudad,señor marques de Casablanca.
El Reglamento es breve,no necesitaba,a la verdad.de mas extenso articulado para realizar el fin propuesto.Tiende,desde luego a asegurar,no solamente los monumentos propiamente dichos,sino,a la vez,esos mil y un detalles que sin poseer por si mismos un valor extraordinario,contribuyen a rodear a aquellos de un ambiente propicio:rincones caracteristicos,luces apropiadas,arbolado,etc.En su consecuencia,quedará prohibido taxativamente ”restaurar,modificar,blanquear,pintar,cambiar de sitio balcones,rejas,puertas y destruir los escudos,emblemas heráldicos,hornacinas,retablos,estatuas,relieves,mascarones,zapatas,canecillos, frisos relevados,inscripciones y demás adornos,entre estos las pinturas que ostentan algunas fachadas de casas antiguas,extendiéndose la prohibición a los arcos,zapatas,pilares,albercas,bocas de aljibe,etc..,que existan en sus patios y sean elemento característico de época y arquitectura”.
La ejecución de obras que afecten a construcciones que exijan la licencia especial que se establece,sin obtenerla,será castigada con el máximo de multa sin perjuicio de las sanciones gubernativas que procedan.Para la concesión de tales licencias,será menester dar audiencia a la Comisión de Monumentos.
En cuanto a las obras de nueva planta o modificaciones en edificos o lugares de la vía pública que no estén incluidas en la relacion que a los  fines de este reglamento haya de redactarse,bastará que un ciudadano lo solicite del Ayuntamiento para que este oiga a la Comisión de Monumentos respecto a la pertinencia de la reforma proyectada.
Como se ve,se trata de llevar al desenvolvimiento urbano de Granada preceptos que están sistematizados en la ley italiana de 20 de junio de 1909-modelo de la materia-,yque,en parte,están siendo seguidos por el Ayuntamiento de Segovia.En realidad,el reglamento que la competencia y excelente intención del señor Seco de Lucena han confeccionado,pensando en Granada,puede y debe aplicarse,salvo modificaciones accidentales,a estas ciudades nuestras,Santiago,Salamanca,Toledo,Tarragona..,que,dotadas de un enorme poder de sugestión,atraen legiones de viajeros de todos los países,ávidos de fortalecer su espíritu  con la emoción inalterable de la Historia y del Arte.

No hay comentarios:

Publicar un comentario